Etiquetado Vehicular Ambiental

Programa etiquetado vehicular ambiental EVA

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Imagen que muestra un trabajador de la secretaria de ambiente colocando una etiqueta

Etiquetado Ambiental Vehicular - EVA

La resolución 1545 de 2023 “por la cual se establece el Etiquetado Ambiental Vehicular” emitida por la Secretaría Distrital de Ambiente. La cual tiene como objeto categorizar las fuentes móviles terrestres de carretera y los vehículos de cero emisiones según su impacto ambiental en la calidad del aire y en las emisiones de gases de efecto invernadero – GEI para ser utilizado en los programas y proyectos de reducción de emisiones contaminantes de la ciudad, así como la gestión de la movilidad y en la promoción de tecnologías de bajas y cero emisiones.

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Categorías de Etiquetado Vehicular Ambiental

La Secretaría Distrital de Ambiente definió cinco categorías para la distinción de las fuentes móviles terrestres de carretera y los vehículos de cero emisiones a través de una codificación por colores; cada categoría se establece conforme a la definición de rangos del Factor Ambiental Vehicular - FAV y los límites en virtud del resultado de las pruebas estáticas de emisiones que se realicen

Etiqueta Vigencia
Azul (Vehículos de cero emisiones) Permanente
Verde Treinta y seis (36) meses
Amarilla - Naranja Veinticuatro (24) meses
Gris Dieciocho (18) meses

Excepciones (Fase inicial)

Se etiquetan sin ser sometidas a pruebas estáticas de emisiones, teniendo en cuenta para ello únicamente la determinación del FAV, conforme con los valores establecidos en el artículo 5º de la Resolución 01545 de 2023.

A

Vehículos livianos, medianos y pesados con motor de encendido por compresión que cumplan con el Estándar Euro 4/IV, equivalente o superior y cuya fecha de importación o de ensamble sea posterior al 31 de diciembre de 2014.

B

Vehículos livianos y medianos con motor de encendido por chispa dedicados a gas natural o GLP que cumplan con el Estándar Euro 6/VI, equivalente o superior y cuya fecha de importación o de ensamble sea posterior al 1 de enero de 2023.

C

Vehículos pesados con motor de encendido por chispa dedicados a gas natural o GLP que cumplan con el Estándar Euro 4/IV, equivalente o superior y cuya fecha de importación o de ensamble sea posterior al 31 de diciembre de 2014.

D

Vehículos livianos, medianos y pesados con motor de encendido por chispa a gasolina y sus mezclas establecidas en la normatividad vigente; que cumplan con el Estándar Euro 4/IV, equivalente o superior y cuya fecha de importación o de ensamble sea posterior al 08 de agosto de 2023.

Nota: Se exceptúan las motocicletas, fuentes móviles de 3 ruedas, cuadriciclos y demás fuentes móviles terrestres de carretera con componentes mecánicos de motocicleta y las fuentes móviles terrestres de uso fuera de carretera.

Preguntas Frecuentes

El primer paso para etiquetar el vehículo es: la creación de usuario en el aplicativo EVA, diligencia el formulario con la información y cargue de documentos de la fuente móvil de carretera y/o vehículo cero emisiones. Posteriormente, la entidad validará la información suministrada y actualizará el estado del trámite el cual puede visualizado en el aplicativo. Una vez asignado el Factor ambiental Vehicular, la autoridad ambiental concertará la fecha para la prueba de estática de emisiones y/o la instalación de la etiqueta física.
La etiqueta se instala en la esquina inferior izquierda del vidrio panorámico frontal del vehículo, si la vista es por fuera de este.
Con el comercializador o representante de marca (concesionarios). Opciones: a) CEPD en formato digital; b) Número de aprobación del CEPD.
El Etiquetado Vehicular Ambiental, es de carácter voluntario para todas las fuentes móviles y vehículos de cero emisiones que circulan en el área urbana del Distrito Capital.
  • Los establecidos en el marco de la reestructuración del Programa de Autorregulación Ambiental.
  • Priorización de la circulación de vehículos con tecnologías de cero y bajas emisiones en las Zonas Urbanas por un Mejor Aire (ZUMA).
  • Vehículos con mejor etiqueta estarán exceptuados de las restricciones en el marco de las alertas ambientales por contaminación atmosférica.